A lo largo de las últimas semanas hemos podido ver cómo se
multiplicaban las noticias sobre la la ley
25/2013 de 27 de Diciembre de Impulso de la factura electrónica
que se aplicará a partir del próximo 15 de Enero de 2015. Esta ley
tiene por un lado el objetivo de proteger al proveedor de la
administración, y por otro el de mejorar el seguimiento del
cumplimiento de los compromisos de pago de las administraciones,
mejorando el gasto público y controlando el déficit.
Por esta razón a partir de mediados de este mes, será obligatorio
para las empresas que facturen a la administración y sus organismos
autónomos la expedición y remisión de facturas en formato electrónico,
quedando exentas las facturas de importe igual o inferior a 5.000 €
para las cuales podrás elegir entre el formato electrónico o el
tradicional formato papel.
Así que si te cuentas entre los proveedores de la administración o
tienes previsto convertirte en proveedor, desde zylk.net queremos
darte un par de consejos para que la transición al uso de factura
electrónica sea lo más natural posible.
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Si todavía no dispones de un certificado, solicítalo en alguna de
las Entidades de Certificación existentes (Izenpe, FNMT,
Camerfirma…). Como ciudadanos todos disponemos del DNI
electrónico, pero existen certificados de Entidad para las
empresas y están disponibles tanto en formato tarjeta como en
Token USB.
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Elijas la herramienta que elijas para generar tu factura
electrónica, recuerda que el único formato que será aceptado es el
facturae 3.2 y 3.2.1. El ministerio dispone de una herramienta
gratuita a tal efecto pero existen otras que además de emitir
facturas electrónicas ofrecen funcionalidades extra como por
ejemplo Efaktur,
que te permitirá conservar borradores de las facturas aún por
emitir, generar estadísticas del estado de tus facturas (borrador,
emitidas, rectificadas, etc), consultar el histórico de envíos
realizados o hacer desgloses de IVA tanto en facturas enviadas
como recibidas.
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Es tan importante emitir una factura como conservarla. La
legislación vigente (Ley 58/2003 de 17 de Diciembre) exige su
conservación por un período mínimo de 6 años, por lo que sistemas
de gestión documental como Alfresco ECM son
de gran ayuda cuando tratamos con este tipo de información
en las organizaciones.
Si aún así la factura electrónica te sigue asustando, en zylk.net te
ofrecemos varias opciones para que le pierdas el miedo. Como expertos
en firma digital y factura electrónica podemos asesorarte y
ayudarte a elegir la solución que más se adecúa a tu caso particular.
Además, si ya tienes una solución de factura electrónica pero
necesitas formación en firma digital para utilizar de forma adecuada
tu herramienta, también podemos ayudarte.
Ponte en contacto con nosotros por teléfono en el 944 272 119 o por
email en info@zylk.net y dinos qué
podemos hacer por ti.